Mediante Resolución No. 2657 de julio 25 de 2016, la Superintendencia estableció que las sociedades por ella vigiladas, que se encontraran bajo los supuestos establecidos en la citada resolución, debían adoptar un Programa de Ética Empresarial encaminado al combate y prevención de la conducta conocida como soborno transnacional, fijando para ello un plazo que venció el día 31 de marzo…
