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© 2020 Todos los Derechos Reservados. Políticas de Uso y Protección de Datos Personales :: Carrera 11A Nº 96 – 51 Of. 203 :: Bogotá -Colombia I Tél. +571 6108161/64

La expedición del Paz y Salvo no podrá ser mayor a 15 días.

Posted on octubre 5, 2016

“Conforme con el principio de debida diligencia, el Sistema de Atención al Consumidor -SAC- de las entidades crediticias deben expresar el plazo para expedición de certificaciones de Paz y Salvo, término que no podrá ser mayor a 15 días hábiles, teniendo en cuenta las disposiciones legales respecto del derecho de petición.”

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